DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos son derechos que poseen los hombres, por el hecho de serlo. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos privilegios son las pautas que orientan la convivencia humana y tienen como punto de partida los principios de libertad y de igualdad. Son valores fundamentales en los que los ciudadanos que pertenecemos a distintas naciones, nos ponemos de acuerdo sobre unas condiciones necesarias que garanticen la libertad, la igualdad y la justicia, independientemente de la condición cultural, política, económica o social.
El 10 de diciembre de 1948 la ONU (organización de las naciones unidas) adoptó la Declaración de los derechos del hombre, que especifica el catálogo de libertades de la filosofía liberal y la prohibición de los atentados contra ellas, entre otros la tortura y los tratos degradantes. Fomento de la cooperación pacífica en materias económicas, culturales, sanitarias.
El 10 de diciembre de 1948 la ONU (organización de las naciones unidas) adoptó la Declaración de los derechos del hombre, que especifica el catálogo de libertades de la filosofía liberal y la prohibición de los atentados contra ellas, entre otros la tortura y los tratos degradantes. Fomento de la cooperación pacífica en materias económicas, culturales, sanitarias.
Características de los Derechos Humanos
Los Derechos Humanos poseen básicamente las siguientes características:
-Son universales, porque todos los individuos poseen los mismos derechos, sin distinción alguna.
-Son indispensables, porque sin ellos las personas no pueden subsistir dignamente como seres humanos dentro de la sociedad.
-Son connaturales o inherentes, pues nacen con la persona misma y no son resultado de actos de autoridad, es decir, que su origen no es el Estado o las leyes, decretos o títulos, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona humana.
-Son limitados, porque terminan donde comienzan los derechos ajenos.
-Son obligatorios, los Derechos Humanos imponen una drástica obligación a todas las personas y al Estado, de respetarlos y hacerlos cumplir. Es así como los Derechos Humanos son indivisibles, independientes, complementarios y no jerarquizares.
-Son integrales, se parte del principio de que todos los derechos son fundamentales por lo que no existen diferencias de importancia entre ellos.
– Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarnos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
Los Derechos Humanos poseen básicamente las siguientes características:
-Son universales, porque todos los individuos poseen los mismos derechos, sin distinción alguna.
-Son indispensables, porque sin ellos las personas no pueden subsistir dignamente como seres humanos dentro de la sociedad.
-Son connaturales o inherentes, pues nacen con la persona misma y no son resultado de actos de autoridad, es decir, que su origen no es el Estado o las leyes, decretos o títulos, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona humana.
-Son limitados, porque terminan donde comienzan los derechos ajenos.
-Son obligatorios, los Derechos Humanos imponen una drástica obligación a todas las personas y al Estado, de respetarlos y hacerlos cumplir. Es así como los Derechos Humanos son indivisibles, independientes, complementarios y no jerarquizares.
-Son integrales, se parte del principio de que todos los derechos son fundamentales por lo que no existen diferencias de importancia entre ellos.
– Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarnos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

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